La Audiencia Provincial de Girona restituye a una clienta del bufete Velasco Blaya Abogados su derecho familiar de visitas
Restitución del régimen de visitas a favor de la madre biológica en base al derecho familiar
La sentencia número 24/2021 de fecha 25 de enero de 2021 dictada por la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Girona (magistrado ponente ILME. Sr. José Isidro Rey Huidobro), estima en parte el recurso de apelación interpuesto por el bufete Velasco Blaya Abogados, especialistas en derecho de familia en Girona, Blanes y Figueres, ante la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Generalitat de Cataluña (DGAIA), y acuerda atribuir a la madre biológica, clienta del despacho, un régimen de visitas para que pueda estar con su hijo pequeño, a desarrollar en el Punto de Encuentro, régimen que será controlado y supervisado por los profesionales que se designen, y en función de sus resultados, se podrá dar un incremento del régimen de visitas hasta la total recuperación de la patria potestad materna se la privó.
Así, la citada sentencia estima que "(...) Ello no significa que el establecimiento de un régimen de visitas con la madre biológica, paulatinas, restrictivas en principio y bajo la supervisión de profesionales, haya de suponer un especial riesgo para el menor, cuyo derecho al conocimiento de la madre biológica, hace que pueda considerarse favorable al interés del menor ".
Concluye la mencionada sentencia que los progenitores tienen derecho a relacionarse con sus hijos, aunque no tengan la potestad parental.